BARRERAS TECNICAS

BARRERAS TECNICAS

¿Qué son las medidas o barreras técnicas?

Son normativas implantadas por un país que tienen que cumplir obligatoriamente los productos importados para poder comercializarse en su territorio y que se consideran que tienen por finalidad, presente o futura, obstaculizar los intercambios comerciales.

Las barreras técnicas al comercio comprenden el establecimiento de cuotas, licencias de importación, restricciones derivadas de procedimientos aduaneros, de medidas sanitarias y fitosanitarias y de medidas de normalización. En esta ocasión nos vamos referir a las barreras derivadas del uso de normas, reglamentos técnicos, entre otros, considerando que los aspectos de reglamentación técnica son una de las principales dificultades que los exportadores encuentran a la hora de comercializar sus productos en el mercado internacional. Estas pueden adoptar numerosas formas entre las que se encuentran la exigencia de marcas de origen, obligación de obtener certificaciones y homologaciones, controles de calidad, plazos para cumplir determinadas formalidades, etc.

Ejemplo:

La reglamentación que exige en la publicidad de cigarrillos especificar “Fumar es perjudicial para la salud”, es una regulación del ámbito de OTC, porque aun cuando busca preservar la salud de las personas, no se trata de la protección de riesgos de consumo resultantes de la presencia de aditivos, contaminantes, toxinas u organismos patógenos en los productos alimenticios o la propagación de plagas o enfermedades. Es una medida de precaución para advertir a los consumidores de los riesgos del uso.

Nota: Algunas veces una regulación puede tener más de un objetivo, y la misma puede pertenecer al ámbito de los obstáculos técnicos al comercio y ser a la vez una medida sanitaria.

Las Normas o Reglamentos Técnicos son documentos que definen las características de un producto tales como su función, desempeño, embalaje, etiquetado o métodos de proceso de producción; cuyo objetivo es el de preservar la vida y la salud de las personas, animales y plantas, proteger el medio ambiente, la seguridad nacional, etc. Este reglamento es de carácter obligatorio, es decir, si un producto importado no cumple con un reglamento técnico, no se permitirá su venta en el país de importación.

Los costos referentes a la adaptación de productos a normas, reglamentos técnicos y procedimientos de evaluación de la conformidad, inciden por lo general sobre el productor y lo desalientan a vender sus productos en el extranjero, además de que limita a las pequeñas y medianas empresas en su inserción al comercio internacional. Para reducir estos costos, se promueven los acuerdos de reconocimiento mutuo, cuyo objetivo es hacer que los resultados de una evaluación sean reconocidos internacionalmente.

En las últimas décadas el número de normas y reglamentos técnicos adoptados por los países ha aumentado considerablemente, cabe atribuir esta intensificación a mejoras en el nivel de vida en todo el mundo, lo que ha impulsado la demanda de productos seguros y de alta calidad por parte de los consumidores. Los fabricantes y los exportadores necesitan saber de manera anticipada cuáles son las últimas normas en sus potenciales mercados.

La OMC y los obstáculos al comercio

Todos los países reciben garantías de que en los mercados de los demás países se otorgará a sus exportaciones un trato equitativo y uniforme y todos los miembros se comprometen a hacer otro tanto con las importaciones dirigidas a sus propios mercados. Los acuerdos de la OMC conducen a un sistema de comercio no discriminatorio que precisa derechos y obligaciones.

Los acuerdos de la OMC abarcan los bienes, los servicios y la propiedad intelectual, estableciendo:

  • Los principios de la liberalización así como las excepciones permitidas.
  • Incluyen los compromisos contraídos por los distintos países de reducir los aranceles aduaneros y otros obstáculos al comercio y de abrir y mantener abiertos los mercados de servicios.
  • Establecen procedimientos para la solución de diferencias.
  • Prescriben un trato especial para los países en desarrollo.
  • Exigen que los gobiernos den transparencia a sus políticas mediante la notificación a la OMG de las leyes en vigor y las medidas adoptadas, y con el mismo objeto se establece que la Secretaría elabore informes periódicos sobre las políticas comerciales de los países.

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